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¿INVERTIR EN REMATES DE INMUEBLES?

24 Oct 12 - 20:13

Señores lectores, quizá ya habrán escuchado de boca de un conocido o familiar o quizá de un profesional inmobiliario, que la inversión en remates de inmuebles resulta muy generosa en cuanto a las utilidades o ganancias que se obtienen; si bien esto es cierto, existen diversos factores que debe considerar antes de invertir en éstos, pues de no hacerlo correctamente pudiera paralizar su inversión por muy largos periodos de tiempo, lo que significaría una reducción significativa en la utilidad considerando el amplio periodo de retorno de inversión de su capital. La recomendación de esta firma legal es que siempre realice este tipo de inversiones con profesionales serios que le expliquen con sinceridad y amplitud en que esta usted invirtiendo su dinero, asi como el estado de la propiedad que Usted desea adquirir, en la mayoría de los casos los inmuebles en remate pueden adquirirse mediante tres opciones:
1.- Cesiones de Derechos Litigiosos con Bancos, o instituciones otorgantes de créditos en que se tengan embargados bienes inmuebles
2.- Cesiones de Derechos adjudicatarios, en que los juicios relacionados con las propiedades se encuentran en etapa de ejecución
3.- Remates Judiciales, en que el monto de inversión será en la mayoría de los casos de dos terceras partes del valor comercial determinado en juicio del inmueble y la adjudicación se da directamente tras la audiencia de remate
Un asesor inmobiliario con experiencia o bien una firma dedicada a este tipo de negocios, podrá informarle que montos ofertar para cada una de las opciones, si bien en las tres opciones las probabilidades de éxito son muy amplias, existen riesgos que debe considerar. Aqui algunos de ellos:
1.- En el caso de las cesiones de Derechos litigiosos, usted debe saber que, lo que le estan vendiendo es la posibilidad de acudir a juicio en lugar de el Banco y/o institución que originalmente demandó el cumplimiento de un contrato en la forma y términos en que se haya enderezado la demanda ya sea juicio ordinario mercantil, ejecutivo mercantil, hipotecario u otro, esto significa lógicamente que usted deberá seguir las etapas procesales del juicio, procurar la condena en el procedimiento del demandado, observar que el embargo del bien inmueble que originalmente le atrajo a esa inversión, se encuentre debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, una vez terminado el juicio encargarse de la ejecución de la sentencia hasta la adjudicación en su favor del inmueble. Para esto requerirá un Abogado preferentemente mercantilista, por lo que debe considerar para su oferta al Banca cedente el costo de honorarios de su Abogado, los gastos relacionados al juicio tales como edictos, perito valuador, inscripciones de embargos y cancelaciones, honorarios del Notario Público que elabore las escrituras correspondientes entre otros.
2.- En el caso de las Cesiones de Derechos Adjudicatarios, puede hallarse en dos supuestos, aquel en que el inmueble ha sido ya ordenado para su adjudicación al Banco o institución de crédito, y únicamente Usted llegará a recibir en nombre del banco la escritura correspondiente o bien aquel en que la sentencia definitiva en el juicio de origen ya a sido dictada y le estan cediendo la oportunidad de ejecutar dicha sentencia.
En ambos casos en de suma importancia que un Abogado con experiencia observe la secuela del juicio a fin de que pueda informarle que no existe posibilidad de retraso en la adjudicación del bien inmueble de su interés.
3.- En el tercer caso, por lo regular los interesados al remate son llamados via edictos para que exhiban mediante billete de deposito la cantidad equivalente a la postura legal, esta equivale en la mayoría de los casos a dos terceras partes del valor comercial determinado mediante avaluo al inmueble en el juicio.
Los dos primeros casos son aquellos en que el inversionista obtiene mejores ganancias por lo regular, ya que en el tercero en muchas ocasiones el actor del juicio es quien tiene la mejor oportunidad de adjudicarse en bien inmueble rematado, en la gran mayoría de los casos, una vez adquirida la propiedad del inmueble, deberá realizar las gestiones necesarias para hacerse de su posesión, esto aunque no implica tanto tiempo tambien debe considerarlo; como siempre, esta firma legal se pone a sus ordenes y le ofrece representación, litigio y asesoria en materia de remates de inmuebles en sus diversas opciones.
Puede usted conocer algunos de los inmuebles en remate que tiene MOLINA FLORES ABOGADOS, ingresando en la pestaña INVERSIONISTAS de la página de inicio de este sitio.

Mtro. JORGE ALBERTO MOLINA
ABOGADO
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